El pacto incorpora la sindicación de los derechos de voto por un tiempo no inferior al que permanezca la cotización suspendida, pudiendo los accionistas sindicados volver a la compraventa normal de acciones en el mismo momento de su vuelta a la cotización, sin más obligación que comunicárselo al representante de la sindicatura.
Este pacto, con el fin de flexibilizar la participación de los accionistas, es un “gentlemen agreement” o pacto de caballeros, mediante el que los accionistas sindicados quedan vinculados únicamente por el tiempo que la acción permanezca sin cotizar en el mercado de valores. A partir de la vuelta a la cotización normal, cada accionista decidirá por sí mismo, teniendo plena libertad para comprar o vender acciones de Abengoa S.A., tanto de serie A, como de serie B, sin necesidad de cumplir otro trámite adicional. Los sindicados se obligan, por tanto, a no enajenar, ceder, vender o cambiar de titularidad las acciones.
El accionista que suscribe el pacto, se compromete a su estricto cumplimiento, y delegará su derecho de voto en los responsables que la sindicatura designe durante la vigencia de esta.
Los representantes en el momento de la firma son:
quienes votarán a favor de los accionistas minoritarios pertenecientes a la sindicatura y actuarán cumpliendo las directrices que estos marquen de manera consensuada. Los síndicos se comprometen además a no aceptar compensación económica, en especie, o de naturaleza alguna que pueda incentivar el no cumplimiento del pacto de sindicación.
En caso de incumplimiento de las obligaciones, se iniciarán las acciones judiciales pertinentes.
El pacto se extiende a las acciones que en cada momento tenga el accionista sindicado, como propias o representadas y se justificarán mediante certificado bancario de anotación en cuenta.